...

Gestión de Cartera


Al cierre de diciembre de 2021, la deuda total alcanzó los $ 99.979 millones. De este valor $74.264 millones corresponde a deuda con la Bolsa de Energía, $25.656 millones a los Cargos por Uso del STN, $ 9.5 millones a los Cargos por Uso del STR y $48.700 millones por concepto de servicios SIC, CND y LAC.

Deuda Mercado de Energía Mayorista (Valores en Millones COP)
Empresa deudora Estado Valor adeudado
Servicios Bolsa STN STR Total
Electrolima Liquidación $12,597.18 $3,983.74 $9.50 $16,590.41
Electricaribe Liquidación $27.88 $61,667.00 $21,672.90 $83,367.78
Axia Energía Activo $20.82 $20.82
Total $48.70 $74,264.18 $25,656.64 $9.50 $99,979.01

Durante el año 2021, el ASIC inició 589 procedimientos de limitación de suministro en cumplimiento de la resolución 116 de 1998, de los cuales ningún procedimiento fue por mandato , por ende, se iniciaron 589 procedimientos de oficio . De los 589 procedimientos de limitación de suministro por oficio, el ASIC inició 88 por incumplimiento en los pagos de los vencimientos mensuales y 501 por el incumplimiento en la presentación de las garantías establecidas en la regulación, dentro de estos últimos incumplimientos se encuentra uno relacionado con los pagos diferidos según la Resolución CREG 061 y/o 107 de 2020. Es importante aclarar que ninguno de estos procedimientos llevó a corte en el suministro de energía eléctrica a usuarios finales.
La información de procedimientos de limitación de suministro y retiro de agentes puede ser consultada de manera mensual en el Informe de Gestión Financiera del Mercado publicado en la Página Web de XM en la siguiente ruta:

https://www.xm.com.co/administraci%C3%B3n-financiera/limitaci%C3%B3n-de-suministro/informes-limitaci%C3%B3n-de-suministro

De igual forma el reporte de limitación de suministro puede ser consultada en el archivo “Limitación de suministro Res CREG 116 de 1998 modificada por 039 de 2010 – Corte a usuarios” el cual se encuentra en la ruta:

https://www.xm.com.co/administraci%C3%B3n-financiera/informe-de-gesti%C3%B3n-financiera-del-mercado

En la siguiente gráfica se presenta la cifra mensual de agentes a los cuales se les inició procedimiento de limitación de suministro en el año 2021, comparados con el Precio de Bolsa mensual.


1Por Mandato: Cuando se presente mora en la cancelación de obligaciones por concepto de las transacciones realizadas mediante contratos bilaterales entre agentes del Mercado Mayorista, ya sea que se trate de contratos de energía, contratos de conexión, o contratos por el uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local; o por mora en la cancelación de obligaciones por concepto de uso de otros Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local. La iniciación del programa de limitación del suministro podrá ser solicitada por uno o más de los agentes que participan en el mercado mayorista, quienes serán responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen, en el caso en que dicha orden no esté sustentada en una de las causales previstas en la presente resolución.

2 De oficio: Cuando, en desarrollo del contrato de mandato, se presente mora en la cancelación de obligaciones derivadas de transacciones realizadas en la bolsa de energía; mora en la cancelación de las cuentas por concepto de cargos por uso del Sistema de Transmisión Nacional; mora en la cancelación de las cuentas por reconciliaciones, servicios complementarios, servicios del Centro Nacional de Despacho o de los Centros Regionales de Despacho y, en general, por cualquier concepto que deba ser pagado al Administrador del SIC y al Administrador de cuentas por uso del Sistema de Transmisión Nacional.

En el año 2021, fueron retirados ocho (8) agentes comercializadores del MEM por concepto de la Resolución CREG 156 de 2011, que establece el retiro de los agentes que desarrollan la actividad de Comercialización por incumplimiento de sus obligaciones con el ASIC. Estos agentes fueron:

  • CELLVOZ COLOMBIA SERVICIOS INTEGRALES S.A. E.S.P.
  • DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE EL CHARCO S.A.S. E.S.P.
  • EMPRESA GENERADORA DE ENERGIA ELECTRICA DEL CHARCO S.A. E.S.P.
  • EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE CARMEN DEL DARIEN S.A E.S.P
  • I + D ENERGY S.A.S ESP
  • SOLUCIONES ENERGETICAS INTEGRALES DEL PACIFICO S.A.S. E.S.P.
  • TERMO RUBIALES S.A. E.S.P.
  • UNIGAS ENERGY S.A.S. EMPRESA DE SERVICIO PÚBLICO

Durante 2021, se culminó exitosamente la administración de garantías, recaudo y distribución de los acuerdos de pago según lo establecido en las resoluciones CREG 061 de 2020 y CREG 107 de 2020 en las que se establecieron las reglas para que los comercializadores tuvieran la posibilidad de diferir las obligaciones de pago de abril, mayo y junio de 2020 dada la dificultad en el recaudo de pagos por parte de los prestadores de servicios, y los efectos de la reducción en los ingresos de los usuarios finales como consecuencia de la pandemia por COVID-19.